La presencia de pirotecnia en el Sistema de Transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México está sujeta a regulaciones estrictas. La portación de materiales pirotécnicos no solo representa una amenaza para la seguridad y comodidad de los usuarios, sino que también conlleva consecuencias legales significativas.
De acuerdo con las disposiciones establecidas en los artículos 227 y 230 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, está prohibido transportar materiales inflamables o que puedan representar un riesgo para otros pasajeros.
La detonación de pirotecnia dentro de las instalaciones del Metro o en sus alrededores es considerada una infracción contra la seguridad ciudadana, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica.
Esta acción se clasifica como una infracción tipo C y conlleva una multa que oscila entre 21 y 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 2,020 a 2,886 pesos aproximadamente por cada UMA.
Además de la multa económica, aquellos que no cumplan con el pago podrían enfrentar sanciones adicionales, como un arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
El Sistema de Transporte Colectivo Metro implementará un operativo de vigilancia desde el 11 de diciembre de 2023 hasta el 6 de enero de 2024 para evitar la presencia de pirotecnia.
Las estaciones identificadas como puntos donde se realiza el traslado de estos materiales serán especialmente monitoreadas, incluyendo Merced, Candelaria, Pino Suárez, Zócalo, Allende, Bellas Artes, Jamaica, Terminal de Cuatro Caminos y Terminal de Indios Verdes.
Es importante recordar que las normativas se establecen para garantizar la seguridad y bienestar de todos los usuarios del Metro de la Ciudad de México.